Trámite de audiencia del Real Decreto de certificación de eficiencia energética de edificios existentes

El pasado día 2 de febrero se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el anuncio de apertura del trámite de audiencia del Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes. Se pueden enviar observaciones al proyecto de Real Decreto hasta el 20 de febrero, a la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Paseo de la Castellana 160, 28071 Madrid) o al correo electrónico SGPESARROBAmineturPUNTOes.

Sobre el esperado Real Decreto, cabe destacar que antes del 1 de enero de 2013, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) pondrá a disposición de los usuarios los programas de calificación de eficiencia energética para edificios existentes. A partir de esa fecha, será exigible la presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de edificios existentes para los contratos de compraventa o arrendamiento.

El certificado, a parte del contenido que ya se indica en el RD 47/2007 que aprueba el procedimiento de certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, también debe incluir medidas, clasificadas en función de su viabilidad técnica, funcional y económica, y por su repercusión energética, que permitan mejorar la calificación en un nivel si se parte de una C o una B, o en dos niveles, si se pare de una D, E, F o G.

Como el certificado de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, tendrá una validez de 10 años. La etiqueta deberá ser incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio. Además, todos los edificios públicos o privados que presten servicios públicos a un número importante de personas y que, por consiguiente, sean frecuentados habitualmente por ellas, con una superficie útil total superior a 1.000 m2, exhibirán obligatoriamente, en un lugar destacado y visible por el público, la etiqueta de eficiencia energética, cuando les sea exigible su obtención.

Una vez finalizado el trámite de audiencia se puede consultar el proyecto de Real Decreto en la web de IDAE.

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